CONICET-TSJ-Santa-Cruz-00RIO GALLEGOS.- El Tribunal Superior de Justicia rechazó que afiliados de la Caja de Servicios Sociales sean querellantes en la causa donde se investiga malversación de fondos. Para los jueces del Tribunal Superior de Justicia, quienes quieren ser querellantes no pueden acreditar un perjuicio directo, pese a ser quienes son víctimas del deterioro en el servicio de salud. El rechazo para ser querellantes lleva las firmas de los jueces Daniel Mariani, Alicia de los Angeles Mercau  y Paula Ludueña, quienes posiblemente también son afiliados a la obra social provincial. La decisión de los jueces impide que los trabajadores tengan acceso al expediente, que puedan activar la causa, controlarla y ofrecer pruebas. "Es parte del criterio restrictivo que impera en Santa Cruz sobre los mecanismos de control ciudadano en las causas de interes público y que los afectan directamente", afirmó el abogado Javier Stoessel, quien representó a los trabajadores en la causa junto a la doctora Diana Huergo. "Los denunciantes están plenamente facultados para denunciar un delito de acción pública,  pero ello no los faculta para ser parte en el proceso, en su calidad de querellantes, toda vez que no han sido afectados ni sufrido un perjuicio propio", concluye el fallo dado a conocer hoy. La causa empezó a raíz de la presentación iniciada por Juan Jose Ortega en el juzgado N1 de Rio Gallegos el 6 de enero de 2012 en la cual denunciaba la posible comisión de delitos de violación de los deberes de funcionario público, malversación de caudales público y fraude, en perjuicio de la administración pública, denuncian a Fabio Vazquez, Diego Robles, y Graciela Algorry en su carácter de ex interventores y responsables de la administración de la Caja de Servicios Sociales. Se los imputaba entonces de haber malversado, gastado y o haberse apropiado en beneficio propio y sin rendición de cuentas de fondos públicos. Al presentar esa denuncia, los denunciantes solicitaron ser tenidos como querellantes. Cuatro años y medio después, el TSJ resuelve que los denunciantes no pueden ser querellantes. Mientras tanto el Tribunal de Cuentas confirmó por su parte, días pasados que en la CSS hubo defraudación por mas de 400 millones.  La resolución del organismo de contralor halló pruebas suficientes que configuran el delito de “administración fraudulenta”, y dio traslado de las mismas a la jueza Quintana desde hace cuatro años. Acá los fundamentos del TSJ para que los afiliados NO sean querellantes. [embeddoc url="http://www.winfo.com.ar/wp-content/uploads/2016/10/CEDULA-GUTIERREZ-LUIS-OSVALDO-Y-OTROS-S-DENUNCIA-18-10-161.pdf" download="all"]