Jueza Betina BustosEl juez Francisco Marinkovic hizo lugar al amparo presentado por el gremio de trabajadores judiciales contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia que en diciembre de 2016 rechazó el pedido de juicio político contra la jueza de Río Turbio, Betina Bustos, denunciada por abuso de autoridad, violencia y maltrato laboral;  discriminación; y mal desempeño en el ejercicio de sus funciones.   La resolución de Marinkovic declara la inconstitucionalidad parcial del art. 16 de la Ley 28, en cuanto ¨atribuye al Tribunal Superior de Justicia facultades para tomar las decisiones previstas en los incs. 1, 2, 3 de esa norma (facultades que sólo podrían ser asumidas por el Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados) por ser contrario al art. 129 de la Constitución Provincial (y afectar los arts. 18, 28, 31 de la Constitución Nacional y concordantes de la Constitución Provincial¨. También declara la nulidad de la resolución del Tribunal Superior del 16 de diciembre de 2016 que desestimó las denuncias contra la jueza Bustos. El fallo que hizo lugar al amparo de la Asociación de Empleados Judiciales que es además quien denunció a la magistrada en septiembre de 2015 se conoció ayer,  ahora el Tribunal Superior tiene dos días hábiles para apelar la medida. El Tribunal de Enjuiciamiento es un órgano constitucional conformado por legisladores provinciales, quienes en virtud del fallo del Tribunal Superior que rechazó el pedido de jury, se vieron impedidos de intervenir en el proceso contra la juez de Instrucción y del Menor de Río Turbio. Por este motivo los legisladores José Blassiotto, y Roxana Reyes, miembros titular y suplente del Tribunal de Enjuiciamiento presentaron un amparo por considerar que la resolución del TSJ avasallaba sus atribuciones y funciones constitucionales, al impedirles entender en el citado proceso de enjuiciamiento. Este amparo fue rechazado por el dr Francisco Marinkovic por cuestiones de legitimidad de los presentantes. Los argumentos del Tribunal Superior para impedir el jury contra la jueza Bustos El Tribunal argumentó, que tras la pericia psicológica las víctimas de maltratos por parte de la jueza Bustos, presentaron “escasa presencia de malestar”; que no existía un clima de “violencia” en el juzgado, sino de “conflictos normales”.  Si bien los jueces reconocen que “la tarea de impartir justicia no está libre de errores”;  sostienen que un juez no puede verse sometido a denuncias permanentes porque “perdería serenidad”. Los fundamentos del fallo fueron expuestos por la dra Alicia Mercau, y en el mismo sentido y adhiriendo al mismo, votaron a favor de  no hacer lugar al pedido de enjuiciamiento, los vocales Carlos Arenillas, Renné Fernández, y Mauricio Mariani. Mariani. quien además tuvo en consideración como atenuante que la magistrada tenía dos juzgados a su cargo. Votó en disidencia parcial, el dr Enrique Peretti, quien consideró que “existen motivos para proceder al juzgamiento”.