[caption id="attachment_35522" align="alignleft" width="300"] Nahir Catillo presentó el amparo el 1 de noviembre de 2017[/caption] RÍO GALLEGOS.- El juez Francisco Marincovich ordenó al Consejo de Educación a que en el plazo de 2 días, informe sobre los gastos destinados al mantenimiento y refacción de edificios escolares. Es a raíz del amparo presentado por Nahir Castillo en el marco de la ley de Acceso a la Información Pública que fuera rechazado por el juez Marcelo Bersanelli por considerar que no acreditaba "un daño concreto", ... a "un derecho del cual es titular el amparista”.  El amparo había surgido luego de que en octubre de 2017 Castillo solicitara al Consejo de Educación información sobre el destino del Fondo de Financiamiento Educactivo; total de ingresos por ese concepto; gastos totales realizados por la  UEPAOMREE (Unidad Ejecutora Para Atención de Obras y Mantenimiento y refacción de Edificios Escolar ); detalles de las tareas efectivamente realizadas en 2017; y la rendición de los fondos destinados a esas labores, entre otros puntos. Estos pedidos no tuvieron respuesta, ni siquiera fueron rechazados. [caption id="attachment_22058" align="alignleft" width="300"] Juez Bersanelli, concuñado de Máximo Kirchner y abogado de Cristina Fernández[/caption] En su presentación ante el juez Bersanelli la amparista reiteró los puntos requeridos a la cartera educativa, pero el magistrado quien había asumido el cargo en julio y está vinculado familiarmente a los Kirchner, rechazó el amparo argumentando la falta de acreditación de un "daño concreto, actual o inminente que afecte un derecho del cual el amparista es titular". La abogada patrocinante, dra Diana Huerga, calificó de antijurídica la decisión adoptada por el juez Bersanelli, y que fuera avalada por el fiscal Gustavo Cima. Según Huerga, “El insólito argumento del Juez desconoce el texto expreso de la Ley 3540 (de Acceso a la Información Pública) promulgada recientemente y que de modo expreso establece la vía del amparo en caso de negativa de suministrar la información, y que el ciudadano no debe justificar interés particular alguno al realizar el pedido de información pública”, citó la abogada. Agregó que el fallo de Bersanelli “desconoce la jurisprudencia de la Corte Suprema y de la propia Cámara de Apelaciones local que aún antes de la sanción de la ley en cuestión reconoció el derecho de todo ciudadano a acceder a la información pública y la vía del amparo para su protección jurisdiccional”, apuntó. Qué dice el fallo del juez Marinkovic que hace lugar al amparo En su resolución el juez Francisco Marinkovic ratifica el espíritu de la ley en cuanto a que se debe garantizar el acceso a la información pública, "sin necesidad de exigir un interés calificado al peticionante", recuerda el magistrado. "Se trata de información pública que no puede ser retenida por el gobierno o sus funcionarios", agrega. Plantea que dado el tiempo transcurrido, cinco meses desde el primer pedido de información  "y más de cuatro meses desde la presentación del amparo", constituye "una burla" a la garantía constitucional de acceso a la información, continuar dilatando los tiempos de respuesta. Evalúa que la información brindada por el Consejo de Educación en el expediente que tramita el amparo, "no ha sido evacuada ni en una mínima proporción", toda vez que remitió a la actora a la información contenida en el presupuesto 2017, y a la página web del CPE. "He de aclarar -prosigue el juez- que , pese a lo informado por el CPE, el suscripto intentó acceder a la información requerida por medio de la página oficial de este organismo donde constató que no obra (o al menos no es fácilmente accecible) el tipo de información que aquí se solicita", remarcó el juez Marinkovic. En la parte resolutiva el fallo el magistrado hace lugar al amparo promovido por Nahir Castillo, y emplaza al Consejo de Educación a que en el término de dos días presente la información requerida.