BUENOS AIRES.-  La Fiscalía Nro 1 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal, rechazó el pedido de la ex presidenta Cristina Fernández de suspender el inicio del juicio oral por fraude en la obra pública de Santa Cruz, que dará inicio el 26 de febrero. El argumento de la ex presidenta era que no se habían cumplido los plazos legales entre el fin de la instrucción, y el inicio del juicio. Para la Fiscalía, el pedido constituye “un mero intento por dilatar el inicio del juicio”.El titular de la Fiscalía General N°1 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federales, Diego Luciani, dictaminó que debía rechazarse el pedido presentado por la defensa de la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner para suspender el inicio del debate oral en el que está imputada, junto a otros funcionarios, por fraude en la obra pública vial de la provincia de Santa Cruz. El representante del MPF solicitó al Tribunal Oral Federal Nº2 que arbitre los medios necesarios para dar cumplimiento, con la mayor celeridad posible, a las medidas de prueba que se encuentran pendientes y poder dar inicio al debate el próximo 26 de febrero.La defensa de Fernández de Kirchner había solicitado al Tribunal que dejase sin efecto la resolución que fijó el 26 de febrero próximo como fecha de inicio del debate oral, argumentando que no había transcurrido el plazo mínimo de diez días hábiles -previsto en el artículo 359 del Código Procesal Penal de la Nación- entre la conclusión de la instrucción suplementaria y la fecha de inicio del juicio. Además, agregó que aún están pendientes la realización de diversas medidas de prueba, que no lograrán ser finalizadas antes de la fecha de inicio del debate. Al respecto, el fiscal general argumentó que de acuerdo a la función del art. 120 de la CN, el MPF debe velar por los intereses de la sociedad y actuar en defensa de la legalidad. En este sentido, la Fiscalía solicitó al Tribunal que “adopte y extreme todos los recaudos necesarios a los efectos de que, de corresponder, se de cumplimiento con la mayor celeridad posible a las medidas de prueba aludidas por la defensa”. El representante del MPF recordó que en el presente caso se encuentra investigada la licitud de conductas realizadas por ex funcionarios públicos, y en ese sentido, el Estado Argentino “se ha obligado ante la comunidad internacional a prevenir, detectar, sancionar y erradicar los actos de corrupción en el ejercicio de la función pública”. Por otra parte, la Fiscalía explicó que la presentación de la defensa resulta un mero intento por lograr dilatar el inicio de la audiencia que considera contraria a sus intereses, pero que carece de algún tipo de sustento legal que resulte atendible. El fiscal general Luciani sostuvo que el planteo sólo trasluce “disconformidad de la parte con el inicio de la audiencia de debate, pero no se basa en la existencia de verdaderas razones” que permitan afirmar que está en jaque el debido proceso legal. Fuente: Fiscales.gob.ar