SANTA CRUZ.- El juez, Francisco Marinkovic, consideró que las sesiones de la legislatura vía online son válidas ya que el contexto histórico por la pandemia obliga el uso de las nuevas tecnologías, "como ya lo hicieron otras provincias y la nación", y cita el fallo de la Corte ante el reclamo de la vicepresidenta, Cristina Fernández. Ratificó la validez de las dos sesiones virtuales realizadas hasta el momento por la legislatura provincial.

A raíz de un amparo presentado por la diputada provincial, Nadia Ricci, cuestionanado la constitucionalidad de las sesiones virtuales de la Cámara de Diputados, el juez Francisco Marinkovic, se expidió declarando improcedente el pedido de invalidez de las resoluciones 107 y 109 de la Legislatura Provincial.

Durante la primera sesión virtual realizada en la legislatura el 23 de abril para tratar el endudamiento provincial, la diputada Ricci planteó que la reunión no había sido convocada de acuerdo al reglamento de la Cámara, argumentando que primero debió realizarse al menos una sesión presencial para determinar las reglas de sesión.

Con este argumento la diputada de la UCR  interpuso una acción de amparo contra la Legislatura Provincial para que se declaren nulas y anticonstitucionales las sesiones virtuales llevadas a cabo días atrás en la Cámara. También exige que se desestime toda ley, declaración y resolución tratada en dichas sesiones. 

“Ni la Constitución Nacional  ni el reglamento de la Cámara contemplan las sesiones virtuales y por eso lo sensato hubiera sido que se realice al menos una sesión física en la cual se dicte un reglamento que defina esta nueva modalidad”, señaló la legisladora.

El juez Francisco Marinkovic consideró improcedente el amparo, y confirmó la validez de las resoluciones 107 y 109, y las sesiones de los días 23 y 27 de abril.

El magistrado consideró que el contexto histórico que se vive por la pandemia de COVID 19, obliga a apelar a las nuevas tecnologías, "No solo la legislatura de Santa Cruz ha innovado la forma de sesionar, sino que ya otras provincias lo habían hecho, como también recientemente la nación", escribió el juez en su fallo.

Respecto de la utilización de las nuevas tecnologías cuando imperan razones de fuerza mayor, Marinkovic señaló que "la propia amparista inició esta acción de amparo mediante una presentación vía mail con un escrito adjunto en formato PDF, pese a que dicho proceder no se encuentra expresamente legislado, una saludable reacción jurisdiccional admite estas herramientas para garantizar el derecho de acceso a la justicia", afirmó el magistrado.

Por último cita los argumentos del reciente fallo de la Corte Suprema sobre el pedido de la vicepresidenta Cristina Fernández para que el senado ssesione en forma virtual, "la parálisis causada por la pandemia exige a las instituciones de la República el desarrollo de mecanismos que las autoridades consideren necesarios para la permanencia de sus tareas".

Y finaliza, "la tarea de legislar es absolutamente escencial para el desarrollo de la vida constitucional de la Argentina".