RIO GALLEGOS.- El enfermero Manuel Piris ya cumplió ocho días de huelga de hambre frente a Casa de Gobierno, pero la medida no logró conmover a ningún funcionario del gobierno de Alicia Kirchner y ahora le pidió por carta a la secretaria de Derechos Humanos, Nadia Astrada que concurra hasta la carpa de protesta que mantiene junto a los enfermeros autoconvocados en la puerta de Casa de Gobierno.

La carta que fue presentada hoy firmada por Piris, representa a los enfermeros autoconvocados quienes reclaman por retrogradación de condiciones laborales con perjuicios en la esfera económica y en materia de seguridad e higiene. "Desde noviembre de 2020 se pretende imponer un sistema laboral que desconoce la modalidad de trabajo, horas extras, guardias y francos compensatorios vigente normativamente desde hace más de seis años. Conforme ya ha denunciado el grupo de trabajadores ante la autoridad laboral y Ministerio de Salud, y ha sido puesto en conocimiento de las distintas entidades gremiales que actúan en el sector salud, la autoridad administrativa avanza en violación de nuestros derechos fundamentales como trabajadores del HRRG", detalla en la carta que hoy recibió la titular de DDHH de Santa Cruz.

Y detalla que desde noviembre del año pasado empezaron a ejecutarse modificaciones en el cronograma de turnos y guardias, que implicó una retrogradación de las condiciones laborales respecto al computo de las guardas, pago de horas extras y el derecho a goce de francos compensatorios. Piris en su carta detalla el núcleo del reclamo que los llevó a ocupar la sede del ministerio de Salud, hacer marchas, iniciar la carpa y hace 8 días a realizar la medida desesperada de la huelga de hambre.

"Señalo que desde hace varios años,  para el personal comprendido en la Ley 1795 –personal full time- se estableció el esquema de trabajo sobre la base del límite de 144 horas mensuales y para el resto del personal y el comprendido en la ley 1.200, sobre la base del límite de 120 horas mensuales, liquidándose, en ambos casos y según correspondía, las horas de nocturnidad, horas extras al 50% y horas extras al 100%, en cuanto los servicios fuesen prestados en días hábiles después de las 21 horas, sábados después de las 13hs, domingos, o feriados. Sorpresivamente, y obrando la autoridad contra sus propias actos, se comenzó a pretender imponer una nueva modalidad de carga horaria, desconociendo las horas extras al 50% y al 100% y la nocturnidad, exigiendo que ella sea por sobre la jornada horaria mencionada. Asimismo, ello afectó el reconocimiento de los francos compensatorios por trabajo en días inhábiles, feriados, sábados y domingos; modificando las normas de salubridad laboral".

En la carta sostienen que el proceder "es contrario a las previsiones contenidas en el Convenio Colectivo de Trabajo, y los principios de progresividad y no retrogradación de las condiciones laborales, anula los derechos adquiridos por los trabajadores a percibir las horas extras establecidas, afectando el principio protectorio y derecho a la propiedad de los arts.  14 bis y  17 de la CN; violándose además  el  art. 2.1, art. 7 y ccds. del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (P.I.D.E.S.C.), Art. 23 y ccds. de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), Art. 2 y ccds. de la Declaración Americana de derechos y deberes del Hombre (DADH); art. 26 y ccds. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); art. 19 inc. 8, y ccdtes. de la Constitución de la OIT; en cuanto vulnera el principio de progresividad y principio de no retrogradación de los derechos humanos, entre los cuales se encuentra el derecho del trabajo; como asimismo la violación del art. 28 de la Constitución Nacional, en cuanto se restringirían  arbitrariamente los derechos y garantías establecidos por la C.N. y Tratados Internacionales con jerarquía constitucional en virtud del art. 75 inc. 22 de la CN".

En tanto que consideran que la acción del empleador no ha sido producto de un error involuntario," sino que es consecuencia de un accionar deliberado por parte de la empleadora, quien, en plena pandemia y crisis sanitaria, pretende ahorrar con el salario debido a los enfermeros" y solicitan que la secretaria de Derechos Humanos comparezca en el lugar de protesta personalmente, a fin de ser puesta en conocimiento de modo directo sobre los alcances, fundamentos y motivos de nuestra protesta, para luego proceder según su competencia.