Gonzalez NogueraEl juez de Primera Instancia Francisco Marinkovic declaró la inconstitucionalidad de la ley 3474 /16 votada por mayoría del FPV en noviembre de 2015,  que transformó  en un préstamo a devolver a partir de enero de 2017 , los 4.500 millones de pesos que la Provincia recibió mensualmente en 2015, a modo de asistencia financiera para sueldos. Marinkovic hizo lugar al amparo presentado por legisladores de la oposición quienes cuestionaron la constitucionalidad de la norma toda vez que no fue votada por los dos tercios de los legisladores como establece la carta magna provincial por tratarse de compromisos financieros que afectan la coparticipación. En su presentación la fiscal de estado Angelina Abbona fundamentó que "la ley de presupuesto ya había autorizado al Poder Ejecutivo a gestionar operaciones de crédito público a través del gobierno nacional, bajo cualquier modalidad de financiación en pesos o moneda extranjera". Si bien en este punto el juez otorgó la razón a la fiscal, ratifica que "los convenios que se firmen deben ser remitidos al Poder Legislativo para su aprobación, por la mayoría especial que estatuye el artículo 40 de la Constitución Provincial. En mayo de este año diputados del FPV aprobaron por simple mayoría el Convenio de Asistencia Financiera, con fecha noviembre de 2015,  por el cual Nación envió a Santa Cruz  4.500 millones de pesos “para atender desequilibrios fiscales y/o atrasos de tesorería".  En rigor fueron fondos enviados por la entonces presidenta Cristina Fernández al gobernador Daniel Peralta, para afrontar los sueldos estatales. Diputados de la oposición encabezados por Roxana Reyes, presentaron un amparo ante el juez Francisco Marinkovic solicitando la nulidad de la ley Nro 3474, “por resultar nulo el proceso de formación de la Ley”, fundamentaton los legisladores. El juez Marinkovic ya había dictado una cautelar suspendiendo la vigencia de la Ley Nº 3.474 (cuya nulidad e inconstitucionalidad se solicita) y el cronograma de pagos que incluye el Convenio de Asistencia Financiera que dicha ley aprueba”, cuyo primer vencimiento opera en enero de 2017. Ahora falló en favor del amparo que deja sin efecto la ley. [embeddoc url="http://www.winfo.com.ar/wp-content/uploads/2016/07/CEDULA-REYES-ROXANA-NAHIR-CLAUDIA-Y-OTROS-C-ESTADO-PROVINCIAL-AMPARO-04-07-2016.pdf" download="all"]