[caption id="attachment_4003" align="alignleft" width="210"]Bucci 2 Sergio Bucci dice que la Jueza debió haber constatado en el lugar la supuesta paralización de la planta[/caption] La decisión de la jueza federal de Caleta Olivia, Marta Yáñez, de suspender la clausura a la planta de TERMAP SA ordenada por el municipio, se fundamenta  en que un servicio público podría verse afectado a partir de la supuesta paralización de la planta, según se desprende del fallo que dio lugar al amparo. "Esos fueron los argumentos de la empresa, pero en ningún momento la planta estuvo parada, solo se clausuró el sector comercial", indicó a Winfo Santa Cruz el diputado por el pueblo de esa ciudad, Sergio Bucci. "La Jueza debió haber constatado si la planta estaba realmente paralizada como argumentó la empresa", plantea el legislador de la UCR al tiempo que pone en duda que se haya constatado la paralización.
La clausura a Termap S.A. de cuya planta sale el 47% del petróleo del pais,  había sido dispuesta por el Municipio por una deuda de 1,2 millones de impuestos inmobiliarios y habilitación comercial que tenía la empresa cuyos accionistas principales son PAE, YPF, y SINOPEC. Ante esta medida Termap presentó un amparo en la justicia federal alegando la paralización de la actividad, y la afectación del servicio de transportes, entre otros. El expediente 96/2016 que tramitaba el amparo  fué resuelto por la jueza Yañez el sábado 16 de enero, en menos de 48 horas de la presentación de Termap S.A. "El accionar de la jueza es funcional de la empresa", sostiene el diputado Bucci, "tenemos una jueza a medida de los grandes grupos econónicos", subraya. El legislador recuerda que en el mismo Juzgado Federal se tramita la denuncia para que se investigue a los responsables de las deficiencias del acueducto que ya sufrió cerca de 600 roturas en los últimos diez años y hace padecer a la comunidad caletense, "y sin embargo la causa no prosperó nunca, está virtualmente archivada", afirmó Bucci. La empresa se defiende Por suparte Termap S.A. negó la deuda argumentando que "abona periódicamente a la Secretaría de Energía de Santa Cruz la tasa de control de la actividad hidrocarburífera dispuesta por la legislación vigente", expresó a través de un comunicado. La empresa también adujo que la clausura en la práctica implicaba una paralización de la actividad hidrocarburífera, no sólo en la Cuenca del Golfo San Jorge sino también en todo el ámbito nacional, por estar comprometido el funcionamiento de un servicio público esencial como es el transporte y almacenaje de petróleo crudo”, manifiestan. En la presentación judicial alegó que desde su constitución el 10 de noviembre de 1992 "ninguna de las distintas y sucesivas administraciones municipales que ejercieron la función ejecutiva, le requirieron que debía tener la habilitación municipal". El actual Intendente Facundo Prades en conferencia de prensa aclaró que la producción petrolera nunca se paralizó, pero que sí “está expresamente prohibido que se comercialice el crudo. Termap tiene prohibido vender el producto, que es cuando llega el barco y se conecta con la monoboya. No puede salir una sola gota de crudo de Caleta”, aseveró el jefe comunal. Cabe recordar que los intendentes de los últimos 24 años fueron José Córdoba, y Fernando Cotillo. ¿Porqué durante 24 años Termap no pagó impusestos al municipio de Caleta Olivia, y sin embargo sí lo hace en Comodoro Rivadavia, e incluso en la Comisión de Fomento de Cañadón Seco?