Ordena no descontarLa resolución judicial surge a partir del amparo presentado por la ADOSAC pidiéndole al Juez,  “se declare la inconstitucionalidad de la nota Nro 775/DPS/16 dirigida a todas las rectorías/Direcciones de toda la Provincia, donde nuevamente los directivos son intimidados y se amenaza de no pagar los sueldos de los trabajadors docentes de manera arbitraria”, dice la presentación. Con la firma del Secretario General de la ADOSAC, Pedro Cormack, y el asesor letrado del gremio, Dr Enrique Papa, manifiestan que “la conducta impedirá la liquidación de haberes de todo el personal a su cargo”, y solicitan, “se ordene al Consejo se abstenga de realizar descuentos salariales y/o no pago de haberes de manera arbitraria, indiscriminada y sin respaldo alguno”, manifiesta el gremio. La nota Nro 775/2016 del CPE dirigida a las autoridades escolares intimaba; "de incumplir nuevamente las órdenes impartidas por la superioridad, su conducta  impedirá la liquidación de haberes de todo el personal a su cargo, sin perjuicio de investigarse su accionar en el marco del acuerdo 219/96 Reglamento de Investigación Sumaria". La intimación fue rechazada enérgicamente por los directivos de establecimientos escolares de Río Gallegos, por considerarla "coercitiva", y "un intento de disciplinamiento", que encubría la intención de "confeccionar de esta manera las listas negras de quienes reclaman legítimamente”. El Dr Francisco Marinkovic dictó la medida de no innovar, ordenando al Consejo de Educación "se abstenga de efectura descuento de haberes en base al criterio que surge de la nota Nro 755/DPA/16 (u otras comunicaciones que se hayan emitido del mismo tenor) criterio que consistía en no liquidar (o descontar indiscriminadamente) haberes de todo el personal de los establecimientos en donde los directivos no entreguen la planilla de inasistencias".