El 16 de febrero la Caja de Previsión Social anunció un Plan de Contingencia de seguros para sus afiliados, y en el mismo acto comunicó la rescisión del contrato con la Caja de Ahorro que cubría el seguro de vida colectivo, y el ampliatorio familiar de los afiliados de la CPS.  Sin embargo el instrumento legal que puso en vigencia el nuevo sistema había sido firmado el 28 de diciembre de 2016, es decir un mes y medio antes,  y no había sido dado a publicidad como hubiera correspondido por tratarse de un tema que implica fondos de terceros, además de ser un tema de alta sensibilidad entre los pasivos. La incertidumbre entre los jubilados se fue transformando en malestar latente a medida que se iban enterando de otros aspectos no declarados por el gobierno respecto del cambio de aseguradora, entre otros,  las razones expuestas por el organismo para rescindir el contrato con la Caja de Ahorro no estaban del todo claras. Según la CPS  “Los cambios en las condiciones impuestas a nuestros afiliados por parte de la Caja de Ahorro y Seguro S.A. resultaban perjudiciales”, por lo cual dio por finalizado el contrato. Por otra parte la posibilidad de optar en un plazo de 60 días entre permanecer en el nuevo Plan de Contingencia de la CPS u optar por  una aseguradora privada, no estaba lo suficientemente explicitada en la comunicación que emitió el organismo, recién el 16 de febrero. Más confusión aportó la solicitada que publicó la Caja de Ahorro el sábado 27 de febrero,  donde explicaba que en los últimos años no había producido ningún cambio de condiciones en la prestación a sus asegurados, que la Caja de Previsión no pagaba los aportes de sus afiliados desde julio de 2016, y que no era posible optar por continuar con la cobertura de seguros de esa aseguradora, ya que no contaba con planes individuales de cobertura de seguros.   16dc8d77-ac61-4083-a5f8-aaa710bc0b9f 411d0ad1-8df1-4f0a-b296-d198a77639fa