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*Por Javier Stoessel

Por imposición en la agenda pública desde el oficialismo nacional, se debate hoy en el país la necesidad de avanzar –o no- en una reforma judicial, tanto respecto a su oportunidad como en cuanto a su contenido.

Pero más allá de las objeciones que se realizan sobre la oportunidad del debate, existe un amplio consenso de los sectores políticos sobre la necesidad de una reforma judicial; principalmente porque es inocultable de cara a la sociedad, el deficitario funcionamiento del sistema y la falta de respuesta eficaz, oportuna y justa del Poder Judicial.

En mi particular opinión, siempre es tiempo para debatir la reforma judicial. Aún en tiempos de pandemia, o especialmente en tiempos de pandemia. Si entendemos que se trata de uno de los tres poderes del estado, y que su funcionamiento ya cuestionado se vio deteriorado con las medidas de restricción adoptadas, debería resultar prioritario analizar las reformas estructurales, normativas y de sistema que son necesarias para posibilitar el derecho de acceso a la jurisdicción de los ciudadanos, y garantizar la protección de los derechos cuando más se necesita.

La cuestión debiera ser, a mi criterio, no el debate de oportunidad, sino el debate sobre el contenido: ¿es esta la reforma judicial que atiende las demandas de la sociedad sobre el funcionamiento del poder judicial?.

La respuesta negativa se impone ante los principales interrogantes. La reforma que se propende, no se encuentra dirigida a solucionar el problema del retraso de las causas judiciales; no se prevén mecanismos para superar los déficits presupuestarios; no se busca superar las deficiencias tecnológicas; no se atienden los problemas de infraestructura; no se atiende el problema del control de la actuación de los jueces; en definitiva, no se atienden ninguno de los problemas de acceso a la justicia.

La reforma, trata simplemente de una nueva distribución del poder de los Jueces con competencia en matera penal, y prioritariamente con miras a los jueces de Comodoro Py, y allí donde están radicadas las causas por corrupción. Prueba de ello, es que, pese a la creación de más de un centenar de Juzgados y Fiscalías en el país, su cobertura inmediata sólo se prevé para C.A.B.A.

Sobre esto, ya se ha debatido y escrito mucho. Desde Santa Cruz, corresponde analizar qué significa esta reforma para la provincia: promete la creación de un Juzgado Federal con competencia penal para las localidades de Perito Moreno y de Río Turbio. También, retoma el proyecto de una Cámara Federal en la localidad de Cte. Luis Piedra Buena.

Nada de ello servirá sin embargo, para mejorar el acceso a la justicia de los Santacruceños.

Respecto a los Juzgados Federales Penales, por su limitada competencia –Federal  Penal- poco aportaran al problema de acceso a la jurisdicción. Su limitada competencia solo les permitirá actuar en causas de evasión tributara, narcotráfico, trata de personas, aduanas, y delitos de corrupción de funcionarios nacionales, entre las principales. Ni siquiera absorberán los reclamos jubilatorios nacionales ni previsionales. Mucho menos aquellos problemas cotidianos de la gente (sucesiones, familia, laborales).

Un aspecto a considerar, es que no se suprime la competencia penal de los Juzgados Federales de Río Gallegos y de Caleta Olivia, por lo cual, es de prever que sólo tratarán las causas que por territorio correspondan a dichas ciudades. Un breve sondeo sobre la cantidad de causas con imputados domiciliados en Río Turbio y Perito Moreno, nos lleva al resultado cero (0).

Seguirán sin atención alguna la demanda hacia de justicia federal vinculada a reclamos previsionales, reclamos contra ANSES y organismos nacionales, universidades, cartas de ciudadanía, migraciones, etc., las que constituyen el mayor número de causas federales hoy radicadas en los Juzgados de Río Gallegos y Caleta Olivia. Allí van a seguir.

El crear un Juzgado Federal Penal en Perito Moreno, constituye casi una defraudación a la expectativa de sus ciudadanos, quienes no cuentan (ni contarán) con un Juzgado Ordinario para tramitar un divorcio, una cuota alimentaria, una sucesión, una denuncia por violencia de género o violencia domestica, un reclamo de daños y perjuicios, una demanda comercial: deberán seguir transitando 150km hasta el Juzgado con competencia Civil en Las Heras.

Peor aún, los jubilados de la Provincia de Santa Cruz, deberán seguir tramitando sus reclamos ante el Tribunal Superior de Justicia, a más de 700km de distancia. Pero verán allí instalado un Juzgado Federal Penal, casi sin actividad real con impacto en la ciudad.

Por su parte, insistir con la creación de una Cámara Federal de Apelaciones en la localidad de Piedra Buena no sólo implica avanzar en reformas que no atienden los problemas reales de la Justicia Federal en Santa Cruz, sino que creará además nuevos problemas.

Los perjuicios que acarrea establecer una cámara donde no existe un Juzgado de Primera Instancia resultan evidentes: por los mayores costos de traslados, por las dificultades de acceso (nótese por ej, que sería la alzada de Ushuaia y Río Grande, sin conectividad área, y sin vuelos regulares ni siquiera a Río Gallegos).

Dicha Cámara, además de competencia civil y contencioso administrativo, tendría competencia de alzada en materia penal y penal económica, para todos los delitos federales en investigación en la Provincia de Santa Cruz y Tierra del Fuego. Quizás allí se advierta uno de los fundamentos de su creación: una justica de privilegio para un selecto grupo de ciudadanos con problemas penales derivados de su función pública nacional.

En Santa Cruz, los problemas reales y concretos de la Justicia Federal, pasan por un Juzgado Federal de Río Gallegos que lleva ya 10 años (diez años) sin Juez Natural. Sin Juez, funcionando primero con la firma de la Secretaria, luego con una con-juez designada discrecionalmente y sin proceso de selección constitucional, luego con la subrogancia del Juez Federal de Ushuaia, luego con la Subrogancia de la Jueza Federal de Caleta Oliva, y hoy, con la subrogancia de un Juez de Cámara Federal de Comodoro Rivadavia.

Este es un problema real y concreto, donde se sigue mirando para otro lado. Un Juzgado sin Juez, hace ya diez años. Con respeto al esfuerzo que han puesto diversos actores judiciales por hacerse cargo a la distancia –hoy, desde 800 km- de la Justicia Federal en Río Gallegos, lo cierto es que un Juzgado sin Juez, no puede funcionar correctamente.

La justicia provincial

Pero el problema real de acceso a la Jurisdicción, y el derecho de los santacruceños a reclamar ante un Juez imparcial e independiente, no pasa hoy por un Juzgado Federal, que es una Justicia de excepción y con competencia limitada.

El debate que se niega la dirigencia santacruceña a resolver es la de la reforma de la justicia provincial: el proceso de selección de los jueces, los mecanismos de control de su actuación, la deficitaria infraestructura, la falta de modernización y digitalización, todo lo cual fue puesto en evidencia con las restricciones originadas en motivos de salud.

Nuestro Tribunal Superior de Justicia, elegido por mayoría simple  y sin necesidad de buscar consensos ni acuerdos, solo ha emitido en lo que va del año 16 resoluciones. Solo 9 de ellas se refieren a cuestiones de fondo (4 sentencias en recurso de casación, 2 sentencias que declaran nulidad de las sentencias de jueces inferiores, y 3 sentencias en juicios contencioso administrativo).

La escasa actuación resulta alarmante, porque se trata del Tribunal que pone fin a los litigios en nuestra provincia, debiendo pronunciarse en causas contencioso administrativas (entre ellos los reclamos de los trabajadores públicos y de los jubilados provinciales) y es quien debe resolver en recurso de Casación y de Inconstitucionalidad contra las decisiones de las distintas Cámaras Civiles y Criminales de la Provincia. Su voz y decisión ha estado este año ausente.

Si el servicio de justicia es esencial en un Estado de Derecho, debiera garantizarse su funcionamiento, aún en crisis sanitaria, o más bien, especialmente en tiempos de crisis sanitaria. Lo cierto es que hoy, el máximo órgano de nuestro poder judicial, se encuentra paralizado.

La cuestión sanitaria, solo ha puesto de manifiesto el enorme retraso del Poder Judicial, y el abandono de una política de digitalización e informatización que viene anunciando desde hace más de 8 años.

En casi la totalidad de las Provincias, la existencia de expediente digital ha permitido dar cierta continuidad a los procesos, con protección de la salud. La situación actual, solo puede explicarse si se presupone la existencia de un desinterés en avanzar en la informatización y digitalización de los procesos, más aún, la  expresa voluntad de no hacerlo.

En la ciudad de Río Gallegos, capital provincial, desde el día 17 de marzo –fecha en que se suspendieran las actividades judiciales con excusa de la pandemia- hasta el día de hoy, sólo transcurrieron plazos procesales durante 15 días hábiles.

Transcurridos casi seis meses, se decidió simplemente aguardar, y no adaptar el funcionamiento del sistema a la nueva realidad, desconociendo la necesidad de garantizar el derecho de acceso a la jurisdicción, y desconociendo que su suspensión sólo pudo encontrarse justificada de modo transitorio y por el tiempo estrictamente necesario para adecuar el funcionamiento del poder judicial a la nueva realidad imperante; pues transformar la situación transitoria en permanente, llevando a una mínima expresión el funcionamiento de su máximo órgano (el TSJ) implica la supresión de uno de los poderes del Estado –el Poder Judicial- y la anulación del Estado de Derecho y división de poderes (art. 1 CN).

Ni siquiera se habilitó la tramitación de las causas laborales en Río Gallegos -ante el pedido expreso que se realizara (pedido que ni siquiera fue respondido por el Tribunal) pese a que, según reza nuestra Constitución Provincial y Nacional, los trabajadores son sujetos de preferente tutela y protección. Pero poco  valen los derechos consagrados en tratados internacionales, constituciones, leyes y decretos, sino tenemos jueces dispuestos a hacerlos cumplir.

Temas que necesariamente forman parte de lo anterior, son los mecanismos de selección de los jueces de Santa Cruz, con un Consejo de la Magistratura donde predomina el criterio político de selección; y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, al que no hace mucho se tuvo que sanear de urgencia cuando el mismo oficialismo entendió que debía remover a dos de sus juezas de zona norte, pero se encontró con un organismo conformado de modo irregular por ausencia del representante de la Cámara de Diputados.

También se impone revisar los mecanismos de selección de los integrantes del Tribunal Superior, para cuya designación no se necesitan ni siquiera consensos internos del mismo sector gobernante. Sobre tales aspectos, urge también un debate.

Lo cierto es que, se apruebe o no se apruebe la reforma de la Justicia Federal, en el mejor de los casos, sólo se agregará para nuestra provincia algunos impedimentos y dificultades adicionales a las existentes, pero el nivel de acceso a la justicia y las dificultades para tramitar los procesos que hacen a la vida de los ciudadanos seguirán siendo los mismos, porque no está destinado a obtener una mejora en la justicia real y concreta, ni en aquellos asuntos más cercanos a la gente: procesos laborales, civiles, comerciales, y de familia. Todo eso seguirá igual.

Eso sí, tendremos más jueces, más camaristas, y más fiscales.