SANTA CRUZ.- Por decisión de la mayoría de sus miembros el Tribunal de Cuentas dejó sin efecto el control externo de la gestión financiero patrimonial de la Fundación Centro de Medicina Nuclear Patagonia Austral. Fue porque según los responsables de la fundación nunca recibieron dinero del estado provincial, aunque para la vocal por la minoría no hay documentación que acredite esta situación. El interrogante que surgió es cómo se sostuvo económicamente el CEMN desde agosto de 2018 cuando comenzó a funcionar.

El 19 de mayo el Tribunal de Cuentas emitió la resolución 180/2021, que deja sin efecto las resoluciones 484/2018 y 177/2020 que establecían el control externo de la gestión financiero patrimonial de la Fundación Centro de Medicina Nuclear Patagonia Austral.

La decisión del TC que contó con el voto afirmativo del presidente, Carlos Ramos, y las vocales Matilde Morales y Romina Gaitán, se adoptó luego de una reunión con los responsables de la fundación quienes "manifestaron que no reciben aportes del Tesoro Provincial", y que a la vez están "sujetos a controles de la Comisión Nacional de Energía Atómica CNE entre otros organismos controlantes", se lee en la Resolución que fue objetada por le vocal Yanina Gribaudo.

El CEMNPA comenzó a funcionar el 02 de agosto de 2018, bajo la figura jurídica de una Fundación creada con un aporte incicial de 12.000 pesos que realizó el gobierno provincial. Desde esa fecha el Estado no desembolsó un solo peso más destinado al Centro de Medicina Nuclear.

En el artículo 2° de la Resolución 180/2021, se deja constancia de que en caso que la Fundación recibiera aportes del Estado Provincial, "los mismos quedarán sujetos al control externo de este Tribunal", especifica la resolución.

Falta de transparencia y carente de fundamentación

La vocal por la minoría, dra Yanina Gribaudo expresó su disconformidad por entender que lo dispuesto por el TC , "adolece de serias irregularidades, carece de transparencia y es imposible acreditar lo decidido", fundamentó en la nota remitida al organismo el 26 de mayo.

"Sin contar con informe técnico de la auditoría controlante, ni de la Contaduría General" ni documentación alguna de que el CEMN no recibe fondos, "solamente con una reunión en la que dijeron "no recibimos fondos", se tomó la decisión de sacar al centro de la órbita del control del TC", manifestó Gribaudo.

Añadió que "a pesar de haberse requerido por este Tribunal al Consejo de Administración de la fundación la correspondiente memoria, balance general y la cuenta de ganancias y pérdidas dentro de los cinco meses posteriores a la finalización de cada ejercicio en base al artículo 40 de la ley 500, éstos no fueron enviados ni solicitados nuevamente por este Tribunal, previo a la Resolución 180/2021", advierte la nota de manifestación de conformidad de la dra Gribaudo.

La vocal recuerda el Artículo 200 del Código Civil y Comercial en cuanto a que "los fundadores y administradores son solidariamente responsables frente a terceros por las obligaciones contraídas hasta el momento en que se obtiene la autorización para funcionar", y recalca que "los bienes personales de cada uno de ellos pueden ser afectados al pago de esas deudas solo después de haber sido satisfechos sus acreedores individuales".