PICO TRUNCADO.- De forma unánime concejales aprobaron la iniciativa Ficha Limpia, que inhabilita a ejercer cargos públicos, a condenados en primera instancia por delitos graves, entre otros, violencia sexual, femicidio y delitos de corrupción. Es la segunda localidad junto a Puerto San Julián que institucionaliza la herramienta de transparencia.

El Concejo Deliberante de Pico Truncado aprobó la iniciativa Ficha Limpia que busca transparentar el ejercicio de la función pública impidiendo que personas condenadas por delitos sexuales, femicio, o fraude a la administración pública, entre otros, pueda ocupar cargos electivos o por designación.

El proyecto lo presentó el concejal socialista, Carlos Lito mansilla, y fue apoyado por los demás concejales en forma unánime.

La iniciativa establece "la Inhabilitación para ejercer los cargos en la Municipalidad, en el Honorable Concejo Deliberante y Juzgado de Faltas,  a toda persona condenada en 1º Instancia sobre delitos Dolosos Graves", dice el texto aprobado hoy.

La  herramienta, que busca erradicar la corrupción en la administración pública, rige en Brasil, Chile, Uruguay, México, Perú, Honduras y España entre otros. Sin embargo en nuestro país a pesar de varias iniciativas; en el Congreso Nacional no pudo ser tratado.

Tres provincias pusieron en vigencia la iniciativa Ficha Limpia,  Salta, Chubut y
Mendoza y en Santa Cruz, la precursora fue la Ciudad de Puerto San Julián.

En tanto los concejales del Frente de Todos de El Calafate, rechazaron la iniciativa presentada por la concejal Ethel Torres. 

Qué tipo de delitos señala la normativa, y cuáles son los cargos alcanzados.

Los delitos considerados graves por la iniciativa votada por los concejales de Pico Truncado, son entre otros, el de Femicidio, Violencia de Género, y el  abuso sexual én todas las modalidades previstas en el Código Penal.

También se incluye al  delito de fraude en perjuicio de la Administración Publica, y los delitos contra el orden económico y financiero.

Los cargos públicos municipales a los que no podrán acceder las personas inhabilitadas son,  Secretarios; Directores;  Jefes de Departamento;  Asesores Municipales;  Secretario General del Honorable Concejo Deliberante;  Secretarios privados de concejales;  Secretario de prensa y Protocolo;  Asesor Legal del Honorable Concejo Deliberante; Asesor Contable, y Juez de Faltas.