CHUBUT.- Un marcado contraste con lo que ocurre en Santa Cruz se registra en la vecina localidad de Comodoro Rivadavia, donde a partir de hoy reabren la atención al público restaurantes y confiterías, y se podrá concurrir a gimnasios y natatorios. Distante a 70 kilómetros de Caleta Olivia, puerta de ingreso a Santa Cruz, donde por el contrario se profundizaron las restricciones, en Comodoro también rige el ASPO. Ayer se conoció que el Ministerio de Salud autorizó el uso del ibuprofeno inhalado.

En Comodoro Rivadavia hoy reanudan la atención al público locales gastronómicos, y se podrá asistir a gimnasios, escuelas de danzas y a natatorios. Dentro de los protocolos sanitarios y las restricciones impuestas por el ASPO que rige en esa ciudad.

También esperan que se reabran los vuelos a partir hoy, para comenzar a recibir turistas, ya que el turismo es una de las principales actividades económicas de esa provincia.

La situación epidemiológica en Chubut al 14 de octubre

En toda la provincia hay 10.301 casos positivos acumulados. 5.040 recuperados acumulados, y activos 4.902 personas.

Registra 140 fallecimientos desde el inicio de la pandemia. La información completa del Ministerio de Salud de Chubut.

Ibuprofeno inhalado sí

El ministerio de Salud de Chubut autorizó el uso de Ibuprofeno Sódico como tratamiento de emergencia sanitaria para pacientes positivos de Covid-19, según publicó hoy el diario ADN SUR, la resolución firmada ayer miércoles por el ministro de Salud, Fabián Puratich, "Es una solución que está en fase experimental, pero que podría aliviar determinados cuadros de la enfermedad".

El medicamento aprobado es el Luarprofeno, Ibuprofeno Sódico, hipertónico inhalante, producido en el laboratorio Química Luar SRL de la provincia de Córdoba.

En su visita a Santa Cruz el Secretario de Calidad en Salud de la Nación, Arnaldo Medina, aseguró que  "No se puede autorizar algo que se fabrica en otro lado si no está autorizado el tránsito federal", y advirtió que su uso "Podría ser atacado absolutamente por un abogado cualquiera".

 La norma considera que la situación de pandemia, “es causada por un virus desconocido hasta el comienzo de su reciente emergencia”, por lo cual “no puede tener tratamiento específico porque los tiempos que requiere la demostración científica de un medicamento supera la diseminación de la enfermedad, la cual produce afección progresiva y de un gran número de personas”.

Por tratarse de un tratamiento compasivo, el paciente puede elegir si acepta su aplicación, por lo que no es una prescripción médica obligatoria. Sin embargo, por tratarse de un medicamento poco invasivo y en base a los buenos resultados registrados en otros puntos del país, se cree que será bien recibido como un paliativo importante.  

Con información del sitio de noticias, ADN Sur.

Crédito portada Télam. Ministro de Salud Fabián Puratich